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Inversión y producción de energía

A pesar de que el autoabastecimiento energético inició como una alternativa de ahorro, la venta de los excedentes producidos representa un mercado potencial para muchas empresas y consumidores.

936 permisos de generación de energía para autoabastecimiento expedidos por la CRE.

Por Gabriela Legorreta.

AbastoLa Comisión Reguladora de Energía (CRE), órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, encargada de emitir los permisos referentes al subsector eléctrico y de gas natural que se encuentran abiertos a la participación privada, ha expedido 936 permisos de generación de energía para autoabastecimiento. Aunque 374 expiraron o fueron renunciados por los permisionarios, los 562 vigentes representan una capacidad de generación de 27 mil 755 Megawatts (MW), lo cual cobra relevancia cuando se considera que la CFE tiene una capacidad total de generación de 39 mil 265 MW.

Dicha situación, aunada a un marco regulatorio favorecedor por parte de los órganos gubernamentales del país, propicia que generadores privados, tanto nacionales como extranjeros, encuentren un mercado receptivo para la venta de dicho recurso no sólo a empresas que antes le compraban a CFE, sino a esta misma.

Permisos expedidos en 2011
Modalidad: autoabastecimiento

  • Agnico Eagle México, S.A. de C.V., Proyecto Mascota
  • Autoabastecimiento Renovable, S.A. de C.V.
  • Cognis Mexicana, S.A. de C.V.
  • Dominica Energía Limpia, S. de R.L. de C.V.
  • Ecosys III, S.A. de C.V.
  • El Palacio de Hierro, S.A. de C.V., sucursal Acoxpa
  • El Palacio de Hierro, S.A. de C.V., sucursal Interlomas
  • Energía del Agua de Baja California, S.A. de C.V., Comisión Estatal del Agua de Baja California y Comisión Estatal de Servicios
  • Públicos de Tijuana
  • Energía Eólica Mareña, S.A. de C.V.
  • Energía San Luis de la Paz, S.A. de C.V.
  • Ferrocarriles Suburbanos, S.A. de C.V.
  • Fuerza Viento Papaloapan, S.A.P.I. de C.V.
  • Grupo Soluciones en Energías Renovables, SOE de México, S.A. de C.V.
  • Harinera La Espiga, S.A. de C.V.
  • Iberdrola Energía La Laguna, S.A. de C.V.
  • Industrias Ferroplásticas, S.A. de C.V.
  • Jacktar, S.A. de C.V.
  • Lechera Guadalajara, S.A. de C.V.
  • Minera San Francisco del Oro, S.A. de C.V., Unidad “El Concheño”
  • Minera y Metalúrgica del Boleo, S.A. de C.V.
  • Monclova Pirineos Gas, S.A. de C.V.
  • Pemex-Exploración y Producción, Plataforma de Generación Eléctrica PG-ZAAP-C
  • Pemex-Exploración y Producción, Plataforma Habitacional, Litoral Tabasco HA-LT-01
  • Pollo de Querétaro, S.A. de C.V.
  • Proteína Animal, S.A. de C.V.
  • Sony Nuevo Laredo, S.A. de C.V.
  • Stipa Nayaa, S.A. de C.V.

Modalidad: cogeneración

  • Atlatec, S.A. de C.V., Planta “El Ahogado”
  • Bio Pappel, S.A.B. de C.V.
  • Bio Pappel, S.A.B. de C.V., Planta Atenquique
  • Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Complejo Procesador de Gas Burgos
  • Sigma Alimentos, Centro, S.A. de C.V., Planta Atitalaquia

Modalidad: pequeña producción

  • Comercializadora Capo, S.A. de C.V.

Según declaraciones de la directora de Energía y Medio Ambiente de la Secretaría de Energía, el país cuenta con los recursos necesarios para brindar oportunidades a empresas europeas que decidan desarrollar su actividad en el sector de las energías renovables, más allá de las fronteras de su país, basadas principalmente en autoabastecimiento o como productores independientes de energía, los cuales pueden vender la electricidad que generan y, en algunos casos, incluso exportarla.

El marco legal mexicano ofrece al sector privado una gran variedad de posibilidades sustentables para la generación eléctrica. Mediante su portal www.renovables.gob.mx, la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía pretenden facilitar las inversiones en fuentes renovables en el país. La página contiene información sobre potencial, estado actual, marco legal, regulatorio y normativo; programas de fomento y opciones de financiamiento.

Las energías renovables han estado incluidas en la política pública mexicana de distintas formas desde hace décadas, pero es la primera vez que ocupan un lugar tan importante en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012, pues están explícitamente incluidas en seis de sus estrategias.

El programa propone, entre sus nueve objetivos, dos que están relacionados con el impulso a las energías renovables:

“Equilibrar el portafolio de fuentes primarias de energía”, tiene como indicador cuantitativo aumentar la participación de las energías renovables en la capacidad de generación de energía eléctrica de 23 a 26 por ciento, contemplando proyectos hidroeléctricos de más de 30 MW

“Fomentar el aprovechamiento de fuentes renovables de energía y biocombustibles, técnica, económica, ambiental y socialmente viables”, retoma el indicador del objetivo anterior

México cuenta con los recursos necesarios para brindar oportunidades a empresas europeas que decidan desarrollar su actividad en el sector de las energías renovables

Las energías renovables cuentan con un marco legal específico: la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE), reformado por última vez el 1° de junio de 2011, se refiere en 11 de sus 31 artículos, leyes y garantías a las personas interesadas en la generación de electricidad a partir de energías renovables, a quienes denomina generadores. Entre ellos, destacan:

Artículo 7o
Fracción II. La Comisión Reguladora de Energía establecerá, con previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la Secretaría de Energía, los instrumentos de regulación para el cálculo de las contraprestaciones por los servicios que se presten entre sí los suministradores y los generadores

Fracción VI. Expedir las reglas generales de interconexión al Sistema Eléctrico Nacional que le deberán proponer los suministradores, escuchando la opinión de los generadores

Fracción VII. Expedir los procedimientos de intercambio de energía y los sistemas correspondientes de compensaciones para todos los proyectos y sistemas de autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción por energías renovables que estén conectados con las redes del sistema eléctrico nacional

 Artículo 15.- La Comisión expedirá las directrices a que se sujetarán los modelos de contrato entre los suministradores y los generadores que utilicen energías renovables

Artículo 16.- Los suministradores deberán celebrar contratos de largo plazo con los generadores que utilizan energías renovables que cuenten con un permiso de la Comisión, conforme a las directrices que expida la misma Comisión

 Artículo 17.- En el caso de venta de la energía que sobra racionalmente después del autoconsumo de la producción, de conformidad con lo establecido en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de proyectos de autoabastecimiento con energías renovables o de cogeneración de electricidad, las contraprestaciones se fijarán de acuerdo con la metodología que a tal efecto apruebe la Comisión

LAERFTE, en su Capítulo II, acerca de la autoridad, establece que el Ejecutivo Federal puede admitir convenios y acuerdos con el gobierno del Distrito Federal o de los estados para simplificar los procedimientos administrativos necesarios para la obtención de permisos y licencias en los proyectos de aprovechamiento de energías renovables. Asimismo, en su Capítulo III, acerca de la planeación y regulación, fomenta el aumento gradual de la participación de los generadores en proyectos de energías renovables y establece que la Secretaría de Energía se encargará de la construcción de obras de infraestructura eléctrica necesarias para que los proyectos de energías renovables se puedan interconectar con el sistema eléctrico nacional.

Por último, la Ley fomenta, en su Artículo 11, aquellos proyectos que a partir de fuentes renovables de energía provean energía eléctrica a comunidades rurales que no cuenten con dicho servicio, estén o no aislados de las redes eléctricas, lo que convierte a este tipo de comunidades en fuertes candidatos para los generadores de energía, tanto nacionales como extranjeros.

Abasto y demanda del sistema eléctrico nacional

Entre los instrumentos utilizados por la CRE para la regulación de energías renovables, destaca el Banco de Energía:

• La energía generada se entrega a la red de transmisión cuando está disponible

• La energía generada en cualquier periodo horario y no consumida por los usuarios puede ser “acumulada” por CFE y “entregada” en otros periodos horarios análogos, en periodos distintos o en días o meses diferentes

• El intercambio de energía se lleva a cabo al precio de tarifa en el punto de interconexión al sistema eléctrico nacional

• Al final del año, el permisionario puede vender a la CFE la energía sobrante acumulada al 85 por ciento del CTCP (tendrá un periodo de 12 meses para su almacenamiento en “el banco”).

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