Protección contra rayos en Colombia
El caso colombiano es un buen ejemplo a seguir, sobre todo si se toma en cuenta que la norma mexicana de protección contra rayos (NMX-J-549-ANCE-2005) tiene más de 13 años de haberse elaborado
Por Alberto Braulio Alzate Duque
La protección contra rayos se suele abordar como un tema cultural y, tal vez, este acercamiento es correcto. Sin embargo, al tratarse de una potencial situación de peligro que causa muertes, no puede limitarse al mero ámbito de la cultura; por el contrario, se debe ser enfático en el rigor del cumplimiento de las normas técnicas que, al final del día, son el reflejo del consenso académico y profesional, cuyo objetivo es la salvaguardia de la vida humana y en segunda instancia de las instalaciones.
Antes de entrar en materia, es necesario retomar algunas diferencias entre las regulaciones de México y Colombia.
Para los que no están familiarizados con la regulación mexicana, existe en el país una norma de protección contra rayos, la NMX-J-549-ANCE-2005.
Las normas que tienen las letras NMX (Norma Mexicana) no son de carácter obligatorio; para que lo fueran deberían ser NOM, lo cual significa Norma Oficial Mexicana, en lugar de ser NMX. Además de no ser obligatoria, se infiere que el número 2005 corresponde al año cuando el documento fue expedido y, efectivamente, es así, lo cual deja al documento con un atraso de 13 años al día de hoy, y de al menos 10 en comparación con las normas más recientes de la región.
Pues bien, este documento se basó en una versión previa del IEC 62305, que es la IEC 61024, y mientras que en México la observancia corresponde a un documento que perdió vigencia hace tanto tiempo, otros países de la región, como es el caso de Colombia, tienen la fortuna de haber adaptado sus normas internas a las versiones más recientes del IEC 62305, a través de la Norma Técnica Colombiana NTC 4552, lo cual constata una verdadera cultura de la vanguardia del conocimiento y que, lamentablemente, no es el factor común de la región.
A continuación, se enlistan algunos aspectos que diferencian a la norma colombiana de su similar de México.
Diferencias y características técnico-normativas
En principio, la norma colombiana permite el uso de una mayor variedad de materiales que han ayudado a reducir costos, sin atentar contra la seguridad de las instalaciones.
Contiene un procedimiento de evaluación de riesgo más elaborado, que desemboca en mayores elementos de decisión para la implementación de sistemas de protección.
Incluye niveles de protección con criterios de diseño adaptados a la realidad del país, como, por ejemplo, radios de esfera mayores, lo cual está asociado a las magnitudes de corriente de rayos reales que se presentan en Colombia, lo que al final del día significa menor cantidad de materiales.
Hay algunos aspectos que sobrepasan los elementos técnicos y enfatizan el cumplimiento de las normas internacionales en el ámbito de lo legal. Este punto es precisamente lo que nos lleva a concluir que el caso de Colombia es un buen ejemplo a seguir.
Como parte de las facultades de los gobiernos y en busca de una globalización ordenada, tanto Colombia como México son firmantes de los tratados internacionales para evitar obstáculos técnicos al comercio, por lo que a través de éstos se comprometen a legislar y vigilar el cumplimiento de las normas internacionales, reconociendo un nivel jerárquico normativo muy riguroso.
En términos simples, esto significa que por medio de las normas internacionales se garantiza que en cada país no se presenten obstáculos para comercializar materiales, productos, equipos o servicios que otra economía esté en disposición de ofrecerle para atender una necesidad, al sobreentenderse que las normas internacionales (que no deben confundirse con normas extranjeras) contienen elementos técnicos consensuados y ostentan validez reconocida internacionalmente.
En el caso de Colombia, la IEC 62305 ha sido adaptada mediante de la NTC 4552 y revisada, de tal forma que permite la libre comercialización de productos que cumplen con las normas internacionales, reconociendo la jerarquía normativa y homologando procedimientos de certificación y pruebas a los productos que provienen del exterior.
El caso mexicano no es necesariamente distinto, ya que la NMX-J-549-ANCE-2005 tiene también fundamento en una norma IEC; no obstante, el rezago en la actualización del documento, sumado a su carácter voluntario ha favorecido de forma equivocada la comercialización de productos que no están contemplados en la IEC 62305 so pretexto de cumplir con las normas de otro país, las cuales se suelen presentar como normas internacionales sin que en verdad lo sean.
Cabe recordar que la norma extranjera e internacional no son sinónimos. Es importante anotar que la ley de metrología y normalización establece una observancia de las normas, en la que se puede soportar legalmente la necesidad de cumplir con las normas internacionales. Empero, aún existe un vacío importante que se puede llenar impulsando una NOM que recoja los conceptos que la NMX-J-549-ANCE contiene y los cambios que la IEC ha introducido en sus ediciones más recientes.
El ejemplo Colombiano
Por otro lado, la protección contra rayos en Colombia es y seguirá siendo un ejemplo a seguir, gracias a que existe una semilla muy fortalecida en el tema de la innovación tecnológica en rayos. Esto ha permitido dar saltos importantes en la prevención de riesgos, llevando la protección a su máxima expresión a través de los sistemas de alertamiento temprano, que permiten anticipar la caída de un rayo hasta una hora y que hoy en día son ofrecidos por empresas como Keraunos SAS.
Es sorprendente ver cómo a un celular o correo electrónico puede llegar una alarma que ponga sobre aviso acerca de una tormenta en inmediaciones de una localidad cualquiera. Hay que imaginar su aplicación en diferentes contextos: por ejemplo, en campos deportivos para que los jugadores no estén expuestos a un rayo, en colegios con espacios abiertos para que los estudiantes se refugien ante una tormenta o en instalaciones de exploración petrolera, para que los paros en la producción tengan duraciones más cortas, gracias a información científica precisa y exacta. En fin, son muchos los sectores productivos y sociales en los que este tipo de soluciones tienen un potencial de salvar vidas y recursos que no se deben pasar por alto.
En Colombia, este tipo de desarrollos no habrían sido posibles sin la participación significativa de todos los actores del sector, entre los que destacan:
- La Universidad Nacional de Colombia, semillero de investigadores que desarrollaron la innovación tecnológica y cuna del proyecto de emprendimiento que se convertiría posteriormente en una spinoff llamada Keraunos SAS, hoy en día una empresa líder del sector que suministra información valiosa sobre la actividad de rayos tanto histórica como en tiempo real, con tecnología para realizar pronóstico y alertamiento temprano.
- El gobierno y sus ramas legislativas por medio de la juiciosa promoción de las mesas de discusión científica y tecnológica para su incorporación en las normas técnicas. Este es el caso del comité de rayos nacional en el que se discuten desarrollos tanto científicos como normativos. También el gobierno intervino de forma muy positiva fomentando la innovación y el emprendimiento con planes de beneficios fiscales y programas de reconocimiento a estas actividades.
- El sector privado por su participación activa en el comité de rayos, por su valiente apuesta, apoyo a las empresas de innovación tecnológica y por incorporar las mejores prácticas en protección contra rayos, protegiendo en bloque al mercado de la entrada de productos y servicios que no demuestren normativa y, ante todo, científicamente su desempeño.
- Las empresas paraestatales que han incorporado todos estos avances normativos y tecnológicos a su cotidianidad, como una herramienta de prevención y protección, fomentando la “cultura de la prevención”.
Con información de Favio Casas-Ospina, tomada del libro Tierras: soporte de la seguridad eléctrica. Quinta edición. Icontec, 2010.
Es necesario hacer una última invitación al hermano pueblo mexicano para que, siguiendo el ejemplo de Colombia, se encamine en este hilo conductor.
Que el gobierno mediante la puesta en práctica de los compromisos de los países firmantes del tratado de Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC), basándose en la ley de metrología y normalización, regule de forma oportuna y permanente una norma oficial mexicana de protección contra rayos. Esto con la finalidad de proteger el mercado y fomentar el desarrollo tecnológico con base en el cumplimiento de normas internacionales que, como ha sido ampliamente demostrado en otros países del mundo, redundará en la seguridad y bienestar de la sociedad mexicana, así como en mejores desempeños de los sectores productivos, creando una “cultura de la prevención”. Una última recomendación: cuando un accidente se puede pronosticar ya no podemos hablar de un accidente.
Alberto Braulio Alzate Duque
Ingeniero Electricista por la Universidad Nacional de Colombia. Especialista en Gerencia Integral de Obras de la Escuela de Ingenieros Militares de Nueva Granada. Profesor de sistemas de puesta a tierra y protección contra rayos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Presidente de la Sociedad de Electricistas, Plomeros y Fontaneros de México y consultor en el área de sistemas de puesta a tierra y protección contra rayos para múltiples empresas en México y Latinoamérica.