Juicio de obra
Por Felipe Lascurain.
Hace tiempo, una constructora de obra eléctrica mayor, en Guadalajara, me contrató para apoyarla en un contrato a precio alzado y tiempo determinado que había celebrado con una empresa del Distrito Federal.
Una vez iniciadas las obras, se dieron cuenta que la empresa contratante no estaba cumpliendo con lo establecido. Entre otras cosas, la parte contratada, es decir mi cliente, debía llevar a cabo una bitácora de obra para anotar cambios, modificaciones o cualquier otra cosa significativa que tuviera relación directa con la obra.
El primer problema que enfrentábamos era que no existía dicha bitácora, un elemento fundamental para demostrar en juicio el cumplimiento por parte de un contratante a los trabajos especificados en el contrato de obra.
Asimismo, la empresa contratante obligaba a mi cliente a exhibir todos los documentos inherentes a la obra con el supervisor contratado por el contratante, el cual nunca apareció para poderle entregar los documentos relacionados con la misma y las inconformidades de mi cliente respecto de la obra.
Lo primero que hicimos para la defensa fue tomar medidas precautorias para ayudarnos como pruebas en el momento de un juicio. Se contrató a un notario para que se apersonara en la obra con el objetivo de dar fe de las anomalías por parte del contratante, como la falta de bitácora de obra, así como la exhibición de todos los documentos que en el contrato se solicitaba y que no había a quién entregarse, toda vez que el contratante no podía recibir nada, sino que todo tenía que ser a través de su supervisor de obra, el cual no existía.
Cuando la empresa contratante se dio cuenta de las medidas precautorias, pretendió suspender definitivamente las obras de una manera arbitraria y no de acuerdo como había quedado establecido en el contrato base, el cual, para que operara dicha suspensión, tendría que dar, entre otras cosas, los motivos reales de dicha decisión, y, segundo, pagarle a la empresa contratada toda aquella obra que hubiera realizado fehacientemente hasta el día de la suspensión de la misma.
En el contrato también se mencionaba que los anexos tendrían que ser firmados por las partes. Mi cliente lo firmó, pero no recibimos el contrato rubricado por la empresa contratante. Iniciamos, por ello, un juicio de medios preparatorios en los que buscábamos establecer la relación contractual entre la empresa contratante y la que nos contrató a nosotros.
Para lo anterior, se realizaron periciales en las diferentes materias en las cuales se daba fe de la intervención de la empresa de mi defensa.
Luego de muchas peripecias y cuando estábamos listos para entrar a juicio, la empresa contratante se dio cuenta que habíamos reunido los elementos que nos habían negado para llevar a cabo un juicio efectivo en contra de ellos, por lo que se acercaron a nosotros y nos sugirieron firmar un convenio de reconocimiento de adeudo, producto de obra, a precio alzado y tiempo determinado de acuerdo con el contrato que se debió de haber firmado y que no nos habían entregado, en el cual poníamos fin a la controversia en cuestión.
Esto lo pudimos hacer con éxito, toda vez que la empresa que nos contrató actuó de una manera rápida y eficaz, no dejando que transcurrieran todas estas cuestiones y querer buscar la solución al final del contrato, donde hubiera sido más difícil obtener todo eso.
Es recomendable, por lo tanto, la contratación de un abogado para revisar el documento que van a firmar. También es importante la contratación de un corredor público o de un notario para que de fe de las irregularidades que se van llevando en las obras.
Quiero terminar con algo importante de esta experiencia: dentro del convenio que llevamos a cabo con la empresa contratante, también la sujetamos a expedir inmediatamente una carta ante la institución de fianzas para que llevará a cabo la cancelación de éstas, las cuales, sin darnos cuenta, seguirán generando costos mientras no sean canceladas.
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Felipe Lascurain.
delascurain.consultoreslegales@e-management.mx
Licenciado en Derecho, egresado de la Universidad Iberoamericana. A lo largo de su carrera, adquirió una amplia experiencia en la asesoría a empresas dedicadas al ramo financiero, seguros, inmobiliario y construcción, tanto en su planeación como en su parte corporativa y legal.